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Encuesta

Colombia, destino predilecto para jugar golf. ¿Conocen en qué época del año se puede practicar este deporte en el país?

Resultados

Ingreso de moneda extranjera

El viajero que ingrese a Colombia cuantías totales superiores a US$ 10.000 o su equivalente en otras monedas, inclusive moneda legal colombiana en efectivo, está obligado por la ley a declarar en el Formulario de Declaración de Equipaje y Dinero.

El viajero puede ingresar al país, siempre y cuando no supere la suma dispuesta por la ley:

  • Moneda extranjera en efectivo.
  • Moneda extranjera en títulos representativos de la misma.
  • Instrumentos negociables de la moneda extranjera.

Sanciones y retenciones

Si el viajero no hace la declaración exigida del ingreso de moneda extranjera o hace declaraciones falsas, incompletas, desfiguradas o equivocadas, las autoridades podrán hacer la retención de los valores e imponer las sanciones cambiarias correspondientes.

Los viajeros no residentes en Colombia, tienen el derecho a introducir temporalmente y libre de impuestos:

  • Los artículos para uso personal, profesional.
  • Bienes que se vayan a usar durante la estadía en el país.

Dichos artículos o bienes deben ser mencionados en el formulario de Declaración de Equipaje y Dinero. Al finalizar la estancia en Colombia, los artículos o bienes deberán ser sacados del país por el viajero.

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